Temario
PRESENTACIÓN:
La Orden EDU/2645/2011, de 23 de septiembre, por la que se establece la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia no pueden realizar los estudios de máster (BOE de 5 de octubre), establece en su artículo 2:
1. Las personas que posean una titulación declarada equivalente a efectos de docencia en las enseñanzas de formación profesional y deportivas y quieran ejercer la docencia en las mimas, deberán tener una certificación oficial que acredite estar en posesión de la formación pedagógica y didáctica equivalente a la exigida en el artículo 100 de la Ley Orgániza 2/2006, de 3 de mayo.
2. Los estudios conducentes a este certificación oficial deberán cumplir los requisitos que se señalan en los artículos siguientes de la presente Orden.
3. Las Administraciones educativas determinarán las instituciones educativas que pueden ofertar estos estudios.
4. Al superar dichos estudios la Administración educativa correspondiente emitirá un certificado oficial, con validez en todo el territorio nacional, según las especificaciones indicadas en el Anexo I, en el que conste expresamente la posesión de la formación pedagógica y didáctica equivalente a la exigida en el artículo 100.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
Así pues, de conformidad con lo preceptuado en el punto 3 del artículo 2 anterior, la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por Resolución de 16 de septiembre de 2015, determina, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, las instituciones educativas autorizadas a impartir los estudios conducentes a obtener la certificación oficial que acredite la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a los efectos de docencia, no puden realizar estudios de Máster y se aprueba el modelo de certificación oficial, estableciendo en su Apartado Segundo. Instituciones educativas autorizadas
Se autoriza a la Universidad Internacional de Andalucía, en colaboración con las Universidades que integran el Sistema Universitario Andaluza,, así como al resto de las Universidades Públicas de Andalucía, a ofertar a las personas afectadas por esta Resolución, la formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida en el artículo 100 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
OBJETIVOS:
Este Programa Académico tiene como finalidad ofrecer la formación para la obtención del Certificado Oficial de Formación Pedagógica y Didáctica Equivalente por parte de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a aquellas personas que no pudiendo acceder a los estudios de máster universitario por razón de su titulación, estén en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia.
CONTENIDO:
MÓDULO GENÉRICO:
- Aprendizaje y desarrollo de personalidad
- Procesos y contextos educativos
- Sociedad, familia y educación
MÓDULO ESPECÍFICO
- Orientación profesional
- Aprendizaje y enseñanza
- nnovación docente e iniciación a la investigación educativa
PRACTICUM
- Prácticas
- Trabajo Fin de Estudio