Presentación
Los tripulantes que formen parte de la guardia de máquinas, deben estar en posesión del título de Marinero de Máquinas, regulado en el artículo 11 del Real Decreto 2062/1999 de 30 de diciembre.
La Dirección General de la Marina Mercante expedirá el título profesional de Marinero de Máquinas a quienes cumplan los requisitos determinados en el citado artículo, hayan superado previamente los contenidos del curso del certificado de formación básica y superen el curso y las pruebas prácticas, cuyos contenidos se desarrollan en el anexo I de la Orden FOM/2296/2002 de 4 de septiembre.
El curso de Marinero de Máquinas cumple con las normas de competencia de la Sección A/III/4 del Código de Formación.
Objetivo
Formar al alumno para alcanzar las siguientes competencias: Llevar a cabo una guardia adecuada a los cometidos de un marinero que forme parte de la guardia en la cámara de máquinas. Entender las órdenes y hacerse entender en todo lo relacionado con los cometidos de la guardia. Realizar la guardia de calderas: mantener las presiones de vapor y los niveles de agua correctos. Hacer funcionar el equipo de emergencia y aplicar los procedimientos de emergencia.
Contenido
Competencias, conocimientos y aptitudes (duración mínima de 45 horas)
1.1. Módulo generalidades (duración mínima de 5 horas lectivas)
Conocimiento sobre la nomenclatura y definiciones a bordo en la cámara de máquinas y el equipo de máquinas.
1.2. Módulo de Servicio seguro de la guardia de máquinas (duración mínima 15 horas lectivas)
1.3. Módulo de emergencias y utilización del equipo de seguridad (duración mínima de 10 horas lectivas)
1.4. Módulo sobre idioma inglés (duración mínima de 15 horas lectivas)
Prácticas y evaluación de cada alumno (mínimo 5 horas)
Entendimiento de las órdenes al marinero de máquinas en inglés. Evaluación de los resultados de la formación teórica mediante pruebas prácticas en idioma inglés (mínimo 5 horas)
Información Adicional
Duración
60 horas
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