Información Adicional
ACREDITACIONESUna vez finalizado el curso teórico con todas sus actividades y ejercicios prácticos con aprovechamiento, el alumno recibirá de Nuestro Centro el DIPLOMA acreditativo correspondiente. Este diploma es requisito imprescindible para ser admitido a la realización de las pruebas (exámenes) convocadas por el Ministerio del Interior para la obtención del carné de Guarda Rural y sus Especialidades.
REQUISITOS GENERALESPara ser admitidos a la realización de las pruebas (exámenes), los solicitantes habrán de reunir para cada una de las convocatorias, en la fecha de terminación del respectivo plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
Ser mayor de edad.
Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Estar en posesión del título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria, de Formación Profesional de Primer grado, u otros equivalentes o superiores.
Poseer la aptitud física y la capacidad psíquica necesarias para el ejercicio de las funciones de guarda rural sin padecer enfermedad que lo impida y reunir los requisitos necesarios para prestar servicios de seguridad privada.
No podrán tener o usar armas, y por lo tanto no podrán acceder a estas pruebas, las personas cuyas condiciones psicofísicas les impidan su utilización, y especialmente aquellas para las que la posesión y el uso de armas representen un riesgo, propio o ajeno.
Por ello, las pruebas de aptitud psicofísica tendrán por objeto comprobar que no existe enfermedad o deficiencia alguna que pueda suponer incapacidad para tener o usar armas, o para prestar servicios de seguridad privada, asociada con: Capacidad visual o auditiva, sistemas locomotor o cardiovascular, infecciones, trastornos mentales, etc.
Carecer de antecedentes penales.
No haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, del secreto a las comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años anteriores a la solicitud.
No haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores, respectivamente, por infracción grave o muy grave en materia de seguridad.
No haber sido separado del servicio en Fuerzas Armadas o en Fuerzas o Cuerpos de Seguridad.
No haber ejercido funciones de control de las entidades, servicios o actuaciones de seguridad, vigilancia o investigación privadas, ni de su personal o medios, como miembro de Fuerzas o Cuerpos de Seguridad en los dos años anteriores a la solicitud.
Poseer diploma o certificación acreditativos de haber superado el curso o cursos correspondientes en un centro de formación de seguridad privada autorizado por la Secretaría de Estado de Seguridad.