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A todas las personas interesadas en este sector.
El programa tiene por objeto desarrollar la formación científica de postgrado en el contexto de las disciplinas hidrológicas (hidroclimatología, hidrología de aguas superficiales, hidrogeología, calidad y tecnología del agua) y en gestión de recursos hídricos (usos del agua, conservación de recursos, planificación y gestión social).
Formato de las memorias de tesis doctoral en los programas de doctorado de Ciencias de la URJC
Preámbulo. El objetivo de esta propuesta es regular los formatos admisibles para las memorias de tesis doctoral en los programas de doctorado URJC de Ciencias y de Conservación de los Recursos Naturales y de los programas de doctorado interuniversitarios de Ecología, Conservación y Restauración de Ecosistemas; y de Hidrología y Gestión de los Recursos Hídricos.
1. La memoria de tesis doctoral deberá contener obligatoriamente cuatro partes o apartados:
Introducción General, Cuerpo de la Tesis, Discusión General y Conclusiones Generales. En cada uno de estos apartados se incluirá, si procede, una sección de bibliografía citada.
Opcionalmente, se podrá incluir un apartado final de bibliografía común y único para toda la memoria.
2. La Introducción General presentará el marco conceptual y, en su caso, metodológico del trabajo de la tesis doctoral, así como los objetivos generales de la misma. El Cuerpo de la Tesis presentará la investigación original -no necesariamente inédita- realizada como parte fundamental del trabajo de tesis, en el formato al uso en la disciplina en la que se enmarca dicha investigación. La Discusión General realizará una integración y análisis de los
resultados y conclusiones parciales de los distintos trabajos para ofrecer una perspectiva general del significado de toda la investigación realizada. Las Conclusiones Generales, redactadas en forma de párrafos, sintetizarán los principales hallazgos y su significación en el contexto de la disciplina en la que se enmarca la tesis.
3. El Cuerpo de la Tesis puede presentar uno de estos tres formatos: monografía, tesis por capítulos y tesis por "compendio de artículos".
4. En el formato de monografía, el cuerpo de la tesis incluirá como mínimo un apartado de métodos y otro de resultados. Estos apartados podrán subdividirse en epígrafes según se considere necesario para la claridad de la memoria.
5. Si se opta por la organización en capítulos, estos deben tener la estructura de artículos científicos, organizados en los apartados de Introducción, Material y Métodos, Resultados y Discusión, con su correspondiente bibliografía y, de ser necesario, apéndices o anexos. En cada capítulo se debe incluir una lista ordenada de autores y el estado del manuscrito (inédito, enviado, en revisión, aceptado -con indicación de la revista-, o publicado
referencia bibliográfica completa-). Se espera que el doctorando demuestre su responsabilidad principal en dichos capítulos figurando como primer autor o como autor de correspondencia.
6. Las tesis por “compendio de artículos” deberán cumplir los siguientes requisitos: (1) incluir, al menos, tres artículos publicados o aceptados en revistas recogidas en el JCR en el año de publicación, en una fecha posterior a la de matriculación inicial en el programa de doctorado, que correspondan cada uno de ellos a un capítulo de la memoria de tesis y, (2) que el/a candidato/a a doctor/a sea primer autor, o autor de correspondencia, de dichos
artículos.
7. Independientemente del formato adoptado, es requisito indispensable para la defensa de tesis tener al menos una publicación científica aceptada o publicada. Si el formato es monográfico, deberá adjuntarse copia de dicha(s) publicación(es) o justificación documental de su aceptación. Si el formato es de tesis por capítulos se observará el artículo 4 de este documento para acreditar la autoría y el lugar de publicación. También se admitirá la inclusión en la memoria de una copia de la publicación definitiva o de la versión early online del(os) capítulo(s) aceptado(s), siempre y cuando se cuente con la autorización de la revista.
No se admitirán versiones de galeradas sin corregir. Si el formato es de tesis por “compendio de artículos”, cualquiera de los, al menos, tres artículos que conforman la tesis avalan el cumplimiento de este requisito.
8. El idioma del Cuerpo de la Tesis podrá ser el idioma habitual de comunicación científica en la disciplina en la cual se enmarca el trabajo de tesis realizado; si no es el castellano, deberá cumplirse el artículo 22 de la Normativa Reguladora de los Estudios de Doctorado de la Universidad Rey Juan Carlos. En el caso de memorias presentadas para la obtención del título de doctor con mención internacional, deberán cumplirse igualmente los requisitos establecidos para la obtención de dicha mención
Al finalizar el curso con éxito, el alumno obtendrá una certificación por parte de la Universidad.
1. Con carácter general, para el acceso a un programa oficial de doctorado será necesario estar en posesión de los títulos oficiales españoles de Grado, o equivalente, y de Máster Universitario o equivalente, siempre que se hayan superado, al menos, 300 créditos ECTS en el conjunto de estas dos enseñanzas.
2. Asimismo podrán acceder quienes se encuentren en alguno de los siguientes supuestos:
Estar en posesión de un título universitario oficial español, o de otro país integrante del Espacio Europeo de Educación Superior, que habilite para el acceso a Máster de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre y haber superado un mínimo de 300 créditos ECTS en el conjunto de estudios universitarios oficiales, de los que, al menos 60, habrán de ser de nivel de Máster.
Estar en posesión de un título oficial español de Graduado o Graduada, cuya duración, conforme a normas de derecho comunitario, sea de al menos 300 créditos ECTS. Dichos titulados deberán cursar con carácter obligatorio los complementos de formación a que se refiere el artículo 7.2 de esta norma, salvo que el plan de estudios del correspondiente título de grado incluya créditos de formación en investigación, equivalentes en valor formativo a los créditos en investigación procedentes de estudios de Máster.
Los titulados universitarios que, previa obtención de plaza en formación en la correspondiente prueba de acceso a plazas de formación sanitaria especializada, hayan superado con evaluación positiva al menos dos años de formación de un programa para la obtención del título oficial de alguna de las especialidades en Ciencias de la Salud.
Estar en posesión de un título obtenido conforme a sistemas educativos extranjeros, sin necesidad de su homologación, previa comprobación por la universidad de que éste acredita un nivel de formación equivalente a la del título oficial español de Máster Universitario y que faculta en el país expedidor del título para el acceso a estudios de doctorado. Esta admisión no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo del que esté en posesión el interesado ni su reconocimiento a otros efectos que el del acceso a enseñanzas de Doctorado.
Estar en posesión de otro título español de Doctor obtenido conforme a anteriores ordenaciones universitarias.
Estar en posesión de un título universitario oficial que haya obtenido la correspondencia al nivel 3 del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior, de acuerdo con el procedimiento establecido en el Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para la homologación y declaración de equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial y para la convalidación de estudios extranjeros de Educación Superior, y el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos oficiales de Arquitecto, Ingeniero, Licenciado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico y Diplomado.
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